SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
Es improcedente concederla cuando se trata de hacer efectivas las disposiciones legales y, sobre todo, los preceptos de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811788-13ffe6d0/suspension-del-acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Jácome Alejandro. 20 de julio de 1918. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no estuvieron presentes en la votación, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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