CONTRATO DE TRABAJO.
La demostración en una reclamación de trabajo de que las actividades de quien se atribuye el carácter de trabajador provinieron de relaciones de parentesco con la persona a cuyo lado se formó el interesado, excluye la posibilidad de considerar la sola prestación de los servicios como demostración de la existencia de la relación contractual de trabajo, quedando consiguientemente a cargo del que tal cosa afirma, demostrar que independientemente de dichas relaciones de parentesco existió el contrato de prestación de servicios bajo la dependencia de quien lo recibió y mediante un salario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813101-ec3b23a6/contrato-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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