LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA (LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE MICHOACAN).
Para imponer la penalidad señalada en el artículo 272 del Código Penal, es indispensable que el certificado médico establezca que la lesión inferida al ofendido efectivamente puso en peligro la vida y si esto no acontece por no existir certificado de sanidad, con ello se viola la garantía de exacta aplicación de la ley penal en perjuicio del quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813162-087e005a/lesiones-que-ponen-en-peligro-la-vida-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4725/61. Bernabé Hernández Ventura. 28 de septiembre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Secretario: Enrique Padilla Correa.
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