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Modo: Corpus Pro

FALTAS DE TRABAJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 813244 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 12

Si un grupo de trabajadores es suspendido en sus labores por la aplicación de una sanción sindical y cuando se levanta dicha sanción no son notificados en debida forma de que se ha tomado el acuerdo relativo para que regresen al trabajo; si independientemente de esta circunstancia, los actores demuestran que no se les informó el hecho de que se les había levantado la suspensión y en la fábrica donde laboraban se les impidió, inclusive, la entrada para reanudar labores, las faltas en que se dice incurrieron esos trabajadores y que dieron origen a la rescisión de sus contratos de trabajo, no pueden estimarse injustificados.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813244-73be5cb1/faltas-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7885/60. Manuel Ibarra Guerra y coagraviados. 16 de marzo de 1962. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

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