HERENCIA.
En la herencia concurren con los hijos naturales del "de cujus", los ascendientes de primer grado, conforme al artículo 3601 del Código Civil de Zacatecas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813919-e802cbed/herencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9049/41. Juan R. Román. 14 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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