IGNORANCIA DE LA LEY.
La ignorancia de las leyes no sirve de excusa y a nadie aprovecha, y con su sola publicación en el Diario Oficial de la Federación surte sus efectos legales y obliga a su cumplimiento a los que se encuentran incursos en ella o a no ejecutar actos o incurrir en omisiones en que definan sin hacerse acreedores a las sanciones que establezca, de tal manera que la calidad de analfabeto de los acusados no trae consigo la inexistencia de los delitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814696-2229578b/ignorancia-de-la-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3602/52/2a. Abnaal Poot Victoriano y coagraviado. 16 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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