MILITARES. PAGO DE SOBREHABERES.
La Circular Número 303-4-37, de abril de 1947, expedida por la Dirección de Egresos de la Secretaría de Hacienda, determina que tienen derecho a la percepción de los sobrehaberes, el personal encuadrado o embarcado que conste en las planillas orgánicas de las unidades, que relaciona la propia circular, entre otras, las comandancias de zona y cuarteles generales; por lo tanto, habiéndose demostrado por la parte quejosa, que corresponde al personal de planta de alguna Comandancia de Zona Militar y que se encuentra encuadrado dentro de la misma, tiene derecho al expresado sobrehaber.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815378-a3f76ceb/militares-pago-de-sobrehaberes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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