DELITO MILITAR.
Cuando intervienen únicamente personas que ostentan carácter militar, en la comisión de un hecho determinado, y su intervención es con motivo de actos del servicio, y ese hecho está comprendido entre los que castiga como delitos la Ley Penal Militar, compete a las autoridades del fuero de guerra el conocimiento del proceso respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815827-05215c87/delito-militar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces Segundo de Letras del Ramo Penal de Monterrey, Nuevo León, e Instructor Militar de la misma plaza. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DELITO MILITAR. (s/clave)
- DELITOS MILITARES. (s/clave)
- DELITO MILITAR.- (80)
- DELITOS MILITARES. (s/clave)
- DELITO MILITAR. (s/clave)
- DELITOS COMETIDOS POR MILITARES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis