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IMPUESTOS MUNICIPALES. IMPUESTO ADICIONAL, EXTRAORDINARIO, DE UN 20%, ACORDADO POR EL H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 815885 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 97

El impuesto aludido, es inconstitucional, en atención a que no existe el decreto presidencial con que pretenden apoyarse las autoridades responsables, y que por otra parte, no constituye el fundamento con que lo crearon, pues de las liquidaciones formuladas para su cobro, se acredita que el que sirvió de base fue pagar el sueldo de emergencia del profesorado local. Hasta el momento de producir sus informes justificados las repetidas responsables, éstas vinieron a manifestar que el fundamento del aumento de impuestos, en el porcentaje indicado, era el artículo 2o. de la Ley de Egresos y Plan de Arbitrios del Municipio de Aguascalientes, par el año de 1944, procedimiento que es violatorio del artículo 16 constitucional, por provocar indefensión de los quejosos, y es de atender a la circunstancia, también comprobada, que la invocada ley, cuya aplicación indebidamente se ha pretendido, se imprimió con posterioridad a la presentación de las demandas de estos juicios de garantías acumulados. El aumento de impuestos es además inconstitucional, porque el H. Ayuntamiento que lo acordó en esa forma se atribuye facultades que son exclusivas del Poder Legislativo Local; por todas esas razones, debe confirmarse el fallo recurrido que otorga a los promoventes de estos juicios el amparo que solicitan.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815885-612bd7cd/impuestos-municipales-impuesto-adicional-extraordinario-de-un-20 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo 2775/44. Delgado J. Jesús y coagraviados, acumulados. 23 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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