ALLANAMIENTO DE MORADA.
Los elementos que constituyen el allanamiento de morada pueden dar lugar por una parte, a un delito autónomo consistente en el hecho de entrar a una casa habitación sin voluntad del que la ocupa y por los medios que detalla el Código Penal; por otra el allanamiento sólo puede considerarse como fase accesoria de otras figuras delictivas, tales como el robo, en cuyo caso aquella infracción sólo contribuye a agravarlas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816684-03e863e1/allanamiento-de-morada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2009/35. Maximiliano Francisco y coagraviados. 20 de agosto de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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