JURISDICCION EN EL CASO DE DOS DOMICILIOS.
Si por las pruebas rendidas aparece que una persona tiene legalmente dos domicilios, es competente para conocer del juicio que se promueva contra ella, cualquiera de los dos jueces que tengan jurisdicción dentro de dichos domicilios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817329-97e0913f/jurisdiccion-en-el-caso-de-dos-domicilios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 2379/33. De Landero José 7 de mayo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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