DIVORCIO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE.
Si bien la acción de divorcio es de estado civil, para el simple efecto de resolver la competencia, es asimilable a la acción personal, y consecuentemente, para decidir la controversia que se suscite para conocer de dicha acción, entre jueces de distintas entidades, bastará determinar cuál es el domicilio del demandado, cuando no exista en forma evidente la sumisión expresa ni tácita del mismo a la jurisdicción de un juez ajeno al de su domicilio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392815-48203ae9/divorcio-competencia-para-conocer-del-juicio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Competencia 204/36. Suscitada entre el Juez del Ramo Civil de Soconusco, y el Juez de Primera Instancia de lo Civil del Distrito de Bravos, residente en Ciudad Juárez. 10 de mayo de 1937. Unanimidad de quince votos.
Tomo LII, pág. 2755. Competencia suscitada entre el Juez Primero de Letras del Ramo Civil del Distrito de Viesca en Torreón, Coah. y el del Ramo Civil de Durango. 7 de junio de 1937.
Competencia 96/37. Suscitada entre los Jueces Primero de lo Civil de la ciudad de México y de Primera Instancia del Ramo Civil de Hermosillo, Sonora. 29 de agosto de 1938. Unanimidad de quince votos.
Competencia 121/37. Suscitada entre el Juez Décimo de lo Civil de esta capital y el Primero de lo Civil de la ciudad de Puebla. 3 de octubre de 1938. Unanimidad de diecinueve votos.
Competencia 106/38. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito de Río Grande, Coahuila, y el de Primera Instancia del Distrito de Moctezuma, Sonora. 6 de febrero de 1940. Unanimidad de diecisiete votos.
NOTA:
La tesis interpreta el artículo 19, fracción V, del Código Federal de Procedimientos Civiles de 1908; en la actualidad la competencia en el caso que refiere la tesis se regula expresamente en el artículo 24, fracción IV, del Código Federal de Procedimientos Civiles vigente (1942).
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