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Modo: Corpus Pro

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SU REGLAMENTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 818877 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 58

El juicio de amparo es improcedente, por cuanto el acto de aplicación no es un acto definitivo, por haber acudido el quejoso al juicio de nulidad. Tratándose de leyes que por sí mismas no lesionan derechos de particulares, la procedencia del juicio de garantías que se promueve en su contra, no depende exclusivamente de que se realicen los actos intermedios de aplicación, sino que a la vez, se requiere que estos actos sean definitivos, por la elemental razón de que si el agravio que la ley o reglamento originan puede ser reparado por la potestad común, mediante la revocación o nulificación del acto intermedio, es contraria a la tendencia que persiguen los artículos 107, fracción IX, de la Constitución y 73, fracción XV, de la Ley de Amparo, que la Justicia Federal declare inconstitucional un ordenamiento legal cuya aplicación perjudicial al afectado fue anulada por la autoridad común.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818877-aa14e001/ley-del-impuesto-sobre-la-renta-y-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo 7939/42. Carlos Belina Guzmán. 27 de enero de 1943. Cinco votos. Relator: Gabino Fraga.

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