APELACIÓN EN MATERIA PENAL.-
De un modo general, puede decirse que la interposición de recursos contra las resoluciones judiciales, no es otra cosa que una manifestación de la acción correspondiente a cada una de las partes; de tal suerte que tiene derecho de interponer recursos, aquél que lo ha tenido para ejercitar las acciones en el procedimiento de que se trate; por consiguiente, debe establecerse que el artículo 21 constitucional, ha hecho inaplicable, en términos generales, el 312 del Código de Procedimiento Penales del Estado de Guerrero, toda vez que este último precepto concede recursos en el procedimiento penal, a quienes no ejerciten en él la acción penal; lo que se hace más patente cuando el recurso de apelación que interponga el acusador o denunciante, tiene por objeto dejar viva la acción penal, es decir, la persecución del delito, que sólo es de la incumbencia del Ministerio Público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/900992-5ad29e42/apelacion-en-materia-penal-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL, OBJETO DE LA. (s/clave)
- APELACION EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- APELACIÓN EN MATERIA PENAL. LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DE NOTIFICAR PERSONALMENTE AL SENTENCIADO EL AUTO DE RADICACIÓN DE DICHO RECURSO ACTUALIZA UNA VIOLACIÓN A LAS (XXI.2o.P.A. J/47)
- APELACIÓN EN MATERIA PENAL. LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DE NOTIFICAR PERSONALMENTE AL SENTENCIADO EL AUTO DE RADICACIÓN DE DICHO RECURSO ACTUALIZA UNA VIOLACIÓN A LAS (903)
- APELACIÓN EN MATERIA PENAL, DESECHAMIENTO DEL RECURSO DE. PROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTÍAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO).- (63)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis