IMPUESTO AD VALOREM, REDUCCIONES AL.-
El Decreto de 18 de noviembre de 1947, que contiene la tarifa del impuesto general de exportación, establece una reducción hasta del 80% de dicho impuesto, que puede ser otorgada tratándose de artículos gravados por un impuesto especial anterior. La disposición que establece esa reducción, lejos de crear una desigualdad ante la ley tributaria, coloca a los exportadores en un mismo plano de beneficios, o lo que es lo mismo, no contraría la igualdad ni tampoco los requisitos de proporcionalidad y equidad, ya que considera por igual a todos los exportadores, en una proporción también igual en relación con la utilidad que se obtiene por la diferencia del tipo cambiario de la moneda mexicana en circulación, en relación con la de norteamérica, que sirve de pago a las exportaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901932-c15a8d28/impuesto-ad-valorem-reducciones-al-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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