LEYES, AMPARO CONTRA. LLAMAR A JUICIO A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES ES ESENCIA DEL MISMO.-
No es válido el argumento de que el Juez de Distrito debe cuidar que los actos de las autoridades se ajusten a la Constitución sin sujetarse a formalidades como la de llamar al juicio de amparo a quienes los emitieron, porque no constituye una formalidad llamar a juicio a quien le va a afectar lo que en el mismo se resuelva, sino que es esencia misma del juicio de amparo contra leyes llamar a éste a la autoridad responsable que las emitió para ser oída. Respecto a que la garantía de audiencia es en beneficio de los particulares y no de las autoridades, es de indicarse que, como una garantía individual, es cierto; pero la exigencia de llamar al amparo a las autoridades responsables no se funda en respetar esa garantía, sino en darle la oportunidad de defender la constitucionalidad de sus actos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/902369-573a03a1/leyes-amparo-contra-llamar-a-juicio-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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