Corpus
Modo: Corpus Pro

REGLAMENTOS HETEROAPLICATIVOS. REQUISITOS PARA QUE PROCEDA EL AMPARO CONTRA ELLOS.-

Clave: 2388 · Registro digital (IUS): 903061 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo I, Const., P.R. SCJN; Pág. 1657

Tratándose de leyes y, por analogía, de reglamentos que no se reclamen como autoaplicativos, para la procedencia del juicio de amparo resulta necesaria la existencia de un acto de aplicación, y que este acto reúna los siguientes requisitos: a) que en él se invoquen preceptos de la ley o reglamento de que se trate, o manifiestamente lo funden, aunque no se citen expresamente, y b) que dicho acto cause un perjuicio o agravio jurídico al quejoso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/903061-2f2e94c5/reglamentos-heteroaplicativos-requisitos-para-que-proceda-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 4904/90.-Rancho Piomo Tamboreo, S.A. de C.V.-21 de enero de 1991.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente.-José Antonio Llanos Duarte.-Secretario: Gabriel Montes Alcaraz. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VIII, agosto de 1991, página 90, Tercera Sala, tesis 3a. XXXVI/91.

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