ABUSO DE AUTORIDAD (LEGISLACIÓN MILITAR).-
Conforme al artículo 293 de la ley marcial, comete el delito de abuso de autoridad, el militar que trata a un inferior de un modo contrario a las prescripciones legales. Este delito puede cometerse dentro y fuera del servicio, y es obvio que la sola comprobación de que un militar trata a su inferior de manera contraria a sus facultades legales, elimina toda posibilidad de que le favorezca la excluyente de cumplimiento de un deber.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905008-1a7e5a72/abuso-de-autoridad-legislacion-militar-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5990/49.-Rocha Garibay Roberto.-7 de septiembre de 1950.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Luis Chico Goerne.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CV, página 2184, Primera Sala.
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