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Modo: Corpus Pro

AUTO DE FORMAL PRISIÓN, CONFIRMADO EN ALZADA.-

Clave: 449 · Registro digital (IUS): 905390 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 211

Si se endereza el amparo contra un auto de formal prisión, respecto del cual se admitió el recurso de alzada que fue resuelto, el amparo es improcedente, puesto que la sentencia de segunda instancia sustituye en todas sus partes a la de primera, y la detención del acusado y el procedimiento, se derivan de la ejecutoria de apelación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905390-d21378d6/auto-de-formal-prision-confirmado-en-alzada-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 1502/35.-Rubio Mañé Jorge Ignacio.-2 de octubre de 1935.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Daniel Galindo.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XLVI, página 183, Primera Sala.

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