COMPETENCIA POR DECLINATORIA HECHA VALER EN SEGUNDA INSTANCIA.-
Tratándose de la oportunidad procesal para hacer valer la incompetencia por declinatoria en materia penal, en segunda instancia sí se puede hacer valer, en razón de que el procedimiento sigue abierto y el tribunal de alzada tiene obligación de declararse incompetente si lo estima procedente, pues es bien sabido que el proceso termina hasta que cause ejecutoria la sentencia dictada en segunda instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905650-0a106f6f/competencia-por-declinatoria-hecha-valer-en-segunda-instancia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 86/70.-Manuel Torres Angulo y otros.-7 de junio de 1972.-Mayoría de tres votos.-Disidente: Ernesto Aguilar Álvarez.-Ponente: Abel Huitrón y A.
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 42, Segunda Parte, página 15, Primera Sala.
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