CUERPO DEL DELITO.-
Para los efectos de la comprobación del cuerpo del delito, no es bastante que se exprese en los considerandos de la sentencia, que aquél quedó justificado con la concurrencia de sus elementos, sino que es indispensable que se analicen éstos y se compruebe aquélla; pues de lo contrario se deja de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905799-1ab0f36f/cuerpo-del-delito-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1845/24.-Gutiérrez Peláez Higinio.-23 de mayo de 1929.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXVI, página 737, Primera Sala.
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