DROGAS ENERVANTES.-
El bien jurídico que tutela el artículo 194 del Código Penal Federal, lo es la salud de los habitantes de la nación; y la simple posesión del enervante agota el tipo jurídico penal, por estar considerado éste, conforme a la dogmática del derecho, como un delito de peligro y no de resultado concreto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906103-696e3972/drogas-enervantes-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 272/54.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-6 de julio de 1954.-Cinco votos.-Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXI, página 124, Primera Sala.
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