DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.
Tratándose de un delito de peligro y no de resultado, el que es bien sabido se caracteriza por tener en peligro un bien protegido por el derecho, la simple posesión del enervante agota el tipo delictivo, sin que sea necesaria la producción del resultado concreto para que el comportamiento del agente configure el tipo penal que describe la fracción I del artículo 194 del Código Penal Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294370-82a6c917/drogas-enervantes-posesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 324/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva
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