ENERVANTES, POSESION DE.
La figura delictiva prevista en la fracción II del artículo 194 del Código Penal, es delito de los llamados por la doctrina, de peligro y no de resultado, es decir, de aquellos en que la actividad desplegada por el agente, agota el tipo de delito, como sucede con la simple posesión del enervante, que entraña la posibilidad de que se produzca una lesión a la salud pública.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297221-0f30d9d8/enervantes-posesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3782/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CXII; Pág. 1098. Amparo penal directo 6796/51. Mar Chiu Benjamín. 12 de mayo de 1952. Mayoría de tres votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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