DROGAS ENERVANTES.-
La ley penal no releva de responsabilidad a quien incurre en actos de tráfico ilegal de estupefacientes, aun cuando el consumo se haga con fines curativos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906104-c661f827/drogas-enervantes-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5098/53.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-10 de enero de 1955.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Luis Chico Goerne.-Relator: Luis G. Corona.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXIII, página 137, Primera Sala.
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