LEGÍTIMA DEFENSA, EXCLUYENTE DE.-
Para que la defensa legítima se pueda justificar moral y legalmente, es necesario que exista un peligro actual e inminente, entendiéndose por éste el que es presente, que nos amenaza con un riesgo cercano de tal modo grave que ya lo vemos descargarse sobre nosotros, no el peligro que presentimos, el conjetural que puede o no acaecer, sino el cierto e indubitable que nos llena de temor y embarga nuestro espíritu.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906596-d3c668af/legitima-defensa-excluyente-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 600/53.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-23 de marzo de 1954.-Cinco votos.-Relator: Luis Chico Goerne.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXI, página 2906, Primera Sala.
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