LIBERTAD CAUCIONAL.-
La negativa del Juez de Distrito a concederla, es motivo de queja y no de revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906742-e1ee6229/libertad-caucional-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión.-Hernández Úrsulo.-5 de septiembre de 1927.-Mayoría de ocho votos.-Disidente: Francisco Díaz Lombardo.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXI, página 680, Pleno.
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