SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO.-
Es improcedente la que se pide contra la incoación de un proceso, aunque sea por autoridad incompetente, si el quejoso no ha sido privado de su libertad y ni siquiera se ha librado contra él orden de aprehensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908006-ad1d9a38/suspension-del-acto-reclamado-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión.-León de Garay Alfonso.-17 de enero de 1918.-Once votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo II, página 127, Pleno.
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