Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

USO DE SELLO OFICIAL FALSO. ES MEDIO PARA LA COMISIÓN DEL DELITO DE FRAUDE, PERO NO ILÍCITO DESTACADO.-

Clave: 3223 · Registro digital (IUS): 908164 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 1496

El uso de sello oficial, auténtico o falso, en un documento alterado, no configura un delito destacado, pues sólo es uno de los requisitos formales que, junto con las firmas y formas, dan la apariencia de autenticidad a ese documento; por lo tanto, el uso de los sellos falsos en el mismo, sólo constituye uno de los diversos medios que coadyuvan en la instrumentación del engaño para la realización del delito de fraude.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908164-98fcedcb/uso-de-sello-oficial-falso-es-medio-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3549/81.-Manuel Báez Velasco.-16 de junio de 1982.-Cinco votos.-Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.-Secretario: Gonzalo Ballesteros Tena. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 157-162, Segunda Parte, página 145, Primera Sala.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis