ORDEN DE APREHENSIÓN, LEGALIDAD DE LA.-
Apareciendo en autos comprobado un hecho delictuoso que la ley castiga con pena corporal, y la declaración de dos personas que imputan responsabilidad a los quejosos en ese hecho antijurídico, es indudable que esa orden de aprehensión está ajustada a derecho, pues tales declaraciones sería necesario apreciarlas para fundar el auto de formal prisión o para condenar en definitiva, pero no para dictar la orden de aprehensión.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/910038-9c97fef4/orden-de-aprehension-legalidad-de-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 88/88.-Domingo Adams Gómez.-12 de abril de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Andrés Fierro García.
Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XV-II, febrero de 1995, página 429, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.1o.41 P.
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