AFINIDAD, PARENTESCO POR.-
El parentesco por afinidad no desaparece con la muerte del cónyuge que la motivó; se produce por causa del matrimonio, pero no hay precepto legal que lo dé por extinguido por la disolución de aquél. Fundado en razones morales y de necesidad pública, éstas no desaparecen porque el matrimonio haya concluido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913624-27d52621/afinidad-parentesco-por-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 201/30.-Carvajal de Baranda María.-4 de marzo de 1931.-Unanimidad de cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXXI, página 1277, Tercera Sala.
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