ALBACEA.-
El albacea no representa en juicio a los herederos y legatarios, en todo aquello que pertenece a éstos en su carácter de tales, sino únicamente a los derechos de la sucesión, y a los herederos en cuanto sus derechos se confunden con la sucesión misma, pues sería absurdo que el derecho personal de los herederos y legatarios fuera representado por quien no es su representante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913625-8513505b/albacea-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 7638/40.-Luz María Sánchez San Pedro y coags.-La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Informe 1941, Quinta Época, página 16, Primera Sala.
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