COSTAS.-
Si en un convenio celebrado con posterioridad a una sentencia nada se expresó sobre la obligación accesoria de pagar costas, ni se presentó planilla para cobrarlas, ni se cuantificaron, ni, por otra parte, hay justificante alguno que reconozca esa obligación en favor de una de las partes y se repite, no está incluida en el convenio, es justa la apreciación del juzgador al considerar que, respecto de esas costas, hubo perdón implícito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913731-3f43b3de/costas-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1446/45.-García María Guadalupe y coag.-25 de noviembre de 1946.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Emilio Pardo Aspe.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XC, página 2090, Tercera Sala.
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS, CONVENIOS SOBRE LAS. (290)
- COSTAS, CONVENIOS SOBRE LAS. (190)
- COSTAS (s/clave)
- COSTAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis