EXCEPCIÓN, PROCEDENCIA DE LA.-
Al igual que la acción, la excepción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se le caracterice suficientemente, y también procede aun cuando se le dé un nombre o fundamento legal equivocado, con tal que se le determine con claridad, ya que el tribunal es docto y a él corresponde aplicar el derecho frente a los hechos que le proporcionan las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913825-bba03dc9/excepcion-procedencia-de-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 741/53.-Camino Ruiz Francisco.-23 de septiembre de 1953.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Vicente Santos Guajardo.-Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXVII, página 1039, Tercera Sala.
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