EXTRANJEROS, LEGITIMACIÓN AD CAUSAM DE LOS.-
Cuando los extranjeros sujetan a la consideración de los tribunales la solución de algún conflicto, previamente al análisis de fondo es preciso examinar si las condiciones y calidad migratoria de los promoventes les permitieron legalmente realizar el acto o contrato materia de la litis, pues ello determina su legitimación ad causam, en cuanto a que del acreditamiento de tales elementos se deriva la facultad de las autoridades judiciales para resolver la controversia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/914620-d5bb1d6e/extranjeros-legitimacion-ad-causam-de-los-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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