PRESCRIPCIÓN. LA OPERANCIA DE LA EXCEPCIÓN DE, OPUESTA POR UNO DE LOS CODEMANDADOS EN UN JUICIO DE NULIDAD DE ESCRITURA PÚBLICA, BENEFICIA A LOS DEMÁS.-
Cuando se ejercita la acción de nulidad de una escritura pública, en contra de distintos codemandados, el solo hecho de que uno de ellos oponga la excepción de prescripción y ésta se estime operante, por adquisición procesal beneficia a todos aquellos contra los que se enderezó la acción considerada prescrita, aun cuando los demás codemandados no la hubieren opuesto, toda vez que resultaría ilógico tener vivo el derecho de acción respecto a quien no opuso la excepción y prescrito para quien si la opuso, lo que implicaría que la venta debiera declararse nula y válida, al mismo tiempo lo que es inadmisible.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/914881-2fcea450/prescripcion-la-operancia-de-la-excepcion-de-opuesta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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