Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

INVALIDEZ, PENSIÓN DE. CARGA DE LA PRUEBA DE LOS REQUISITOS RELATIVOS AL NÚMERO DE COTIZACIONES SEMANALES PAGADAS AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y A LA CONSERVACIÓN DE DERECHOS, CONTEMPLADAS POR LOS ARTÍCULOS 131 Y 182 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.-

Clave: 780 · Registro digital (IUS): 917218 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, P.R. TCC; Pág. 490

La carga de probar los requisitos para el otorgamiento de la pensión de invalidez relativos al número de cotizaciones semanales pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, y a la conservación de derechos, contemplados por los artículos 131 y 182 de la Ley del Seguro Social, corresponde al instituto cuando éste admite que el actor tiene el carácter de asegurado. Para llegar a esa conclusión se acude a la aplicación analógica del artículo 784 de la Ley Federal del Trabajo, sobre la base de que, en la exposición de motivos de las reformas procesales a la Ley Federal del Trabajo, en vigor a partir del primero de mayo de mil novecientos ochenta, se advierte que el espíritu que prevalece en el indicado artículo es el de relevar al trabajador de probar los hechos que refiera como base de su acción, en los casos en que la contraparte o tercero ajeno al juicio dispongan de más elementos. Tal es el caso cuando se trata de los necesarios para el cálculo del promedio de cotizaciones del asegurado y de conocer si está dentro del periodo de conservación de derechos, pues obviamente quien tiene la documentación idónea para ello es el Instituto Mexicano del Seguro Social. No es óbice para sostener lo anterior, que el instituto no tenga en el juicio laboral el carácter de patrón, pues para el efecto que aquí se contempla se equipara a éste, porque las mismas razones que se tienen para atribuir a la parte patronal la obligación de probar los hechos sobre los cuales tiene mayores elementos que el trabajador, son las que cabe esgrimir para atribuirle dicha carga procesal al instituto, en el aspecto que aquí se refiere, pues al igual que el patrón en la relación de trabajo, dispone de más elementos para llegar al conocimiento de la verdad.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/917218-c32fa5ec/invalidez-pension-de-carga-de-la-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 141/97.-Instituto Mexicano del Seguro Social.-2 de septiembre de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: María Luisa Martínez Delgadillo.-Secretario: Héctor Manuel Banda Flores. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, octubre de 1997, página 756, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis IV.4o.5 L.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis