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OFRECIMIENTO DE TRABAJO. JORNADA LEGAL DE 48 HORAS, SIN PRECISARSE EL TURNO Y DÍAS EN QUE ESTÁ DISTRIBUIDA. NO PUEDE CONSIDERARSE DE BUENA FE.-

Clave: 815 · Registro digital (IUS): 917253 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, P.R. TCC; Pág. 519

El ofrecer la demandada al trabajador la reinstalación con una jornada de 48 horas a la semana, misma que se encuentra circunscrita a la legal, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la ley laboral, no es suficiente para considerar que el ofrecimiento de trabajo fue hecho de buena fe y no revertir la carga probatoria para la demandada, porque no hay claridad para el trabajador sobre el cumplimiento de su jornada, como lo es la hora de entrada y de salida, ni se consigna cómo y en qué turnos está distribuida la jornada semanal, elementos que no pueden suponerse o deducirse, ya que las condiciones laborales deben estar claramente definidas por las partes, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 constitucional, 25, 61 y 784 de la Ley Federal del Trabajo, además de que en esas condiciones el actor se encuentra a disposición de la empresa para ser cambiado de turnos o de los días en que debe trabajar, lo cual resulta contrario a lo establecido en los preceptos 59 y 61 de la Ley Federal del Trabajo.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/917253-a3a768b5/ofrecimiento-de-trabajo-jornada-legal-de-48-horas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 879/95.-Josefina Cisneros Leyva.-12 de diciembre de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: Juan Miguel García Salazar.-Secretario: Ángel Torres Zamarrón. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 665, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis IV.3o.37 L.

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