CONEXIDAD. INEXISTENCIA DE LA. INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 475 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. EN EL CASO DEL DELITO DE ROBO Y PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO SIN LICENCIA COMETIDO CON POSTERIORIDAD.-
En términos del segundo párrafo del artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, vigente a partir del primero de febrero de mil novecientos noventa y cuatro, en caso de concurso de delitos será competencia de los Jueces Federales el conocimiento de los delitos del orden común que tengan conexidad con los delitos del fuero federal. Por su parte, el artículo 475, fracción III, dispone: "Los delitos son conexos ... III. Cuando se comete un delito, para procurarse los medios de cometer otro, para facilitar su ejecución, para consumarlo o para asegurar la impunidad.", de lo anterior se desprende que, para que exista conexidad en caso de concurso de delitos, es requisito indispensable que de las constancias de autos se acredite que la primera conducta criminosa llevada a cabo por el sujeto activo, tenga como finalidad el propósito de cometer otro acto delictivo; es decir, si de la averiguación previa, consignación y resolución judicial, se advierte que los hechos tomados en consideración para concluir que los elementos del tipo penal del segundo delito en cuestión (portación de arma de fuego sin licencia) se integraron con posterioridad al primer acto delictivo (robo), y no con anterioridad para procurarse los medios de cometer otro. Es de concluirse, que este último (portación de arma de fuego sin licencia), no pudo servir como medio para la comisión del primero (robo), en virtud de que se cometieron en circunstancias de tiempo, modo y lugar diversos. En tales condiciones, al no actualizarse en la especie la hipótesis de conexidad a que se refiere el artículo 475 del código federal adjetivo, específicamente por lo que hace a su fracción III, tampoco se surte la hipótesis establecida en el párrafo segundo del artículo 10 del mismo ordenamiento legal invocado; consecuentemente, la competencia para conocer del ilícito penal de robo radica en el fuero común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/918526-19fbabee/conexidad-inexistencia-de-la-interpretacion-de-la-fraccion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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