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Modo: Corpus Pro

VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 45 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO MODIFICA EL PORCENTAJE DEL SERVICIO DE TRANSPORTACIÓN AÉREA INTERNACIONAL DE BIENES QUE LEGALMENTE SE ENCUENTRA GRAVADO, ASÍ COMO LA TASA APLICABLE A ESE HECHO IMPONIBLE, POR LO QUE TRANSGREDE EL PRINCIPIO TRIBUTARIO DE LEGALIDAD.-

Clave: 218 · Registro digital (IUS): 921290 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [TA]; 9a. Época; 2a. Sala; Ap. Act. 2002; Tomo I, Jur. Acciones de Inconstitucionalidad y C.C.; Pág. 446

De la interpretación de lo dispuesto en los artículos 1o., 2o.-A, fracción IV, 16, párrafo tercero y 29, fracción V, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se desprende que el hecho imponible consistente en la transportación aérea internacional de bienes únicamente está gravado en un 25%, al que por considerarse legalmente como una exportación resulta aplicable la tasa del 0%, lo que implica que el 75% restante de ese servicio, al no prestarse en territorio nacional, no causa el impuesto al valor agregado; sin embargo, en el artículo 45 del reglamento de la citada ley se pretende gravar el 75% del referido servicio con la tasa del 0% y el restante 25% con la tasa general del 15%, al disponer que para efectos del artículo 29, fracción V, de la referida ley tributaria, debe entenderse por transportación internacional de bienes la que en términos del artículo 16 de este último ordenamiento no se presta en territorio nacional, lo que conlleva una alteración significativa tanto del hecho imponible que decidió gravar el legislador como de la tasa que conforme al sistema legal le es aplicable, por lo que el referido precepto reglamentario transgrede el principio tributario de legalidad garantizado en el artículo 31, fracción IV, constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/921290-47e4f24c/valor-agregado-el-articulo-45-del-reglamento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en revisión 1302/2001.-United Parcel Service, Company.-23 de noviembre de 2001.-Cinco votos.-Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.-Secretaria: Verónica Nava Ramírez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, febrero de 2002, página 75, Segunda Sala, tesis 2a. III/2002.

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