COMPETENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS EN LA QUE SE SEÑALA COMO AUTORIDAD RESPONSABLE A UN JUEZ PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC, CON RESIDENCIA EN CHICONAUTLA, ESTADO DE MÉXICO.-
Si la quejosa atribuye el auto de formal prisión que reclama al Juzgado Segundo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec, con residencia en Chiconautla, Estado de México, debe estimarse que el Juez competente para conocer de la demanda de garantías promovida por dicha peticionaria lo es el Juez Octavo de Distrito "A" en el Estado de México, con asiento en Naucalpan de Juárez; lo anterior en atención a la circular 3 de doce de enero de dos mil, que contiene los acuerdos del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y del Consejo de la Judicatura de dicha entidad federativa de doce y siete del mes y año citados, relativos a "la creación de dos nuevos distritos judiciales, Ecatepec de Morelos y Nezahualcóyotl, por el que se acuerda la nueva organización de los Juzgados de Primera Instancia para esos distritos judiciales", documento en el que se advierte que los Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, Estado de México, tienen su domicilio en Chiconautla y se encuentran instalados en el Centro Preventivo y de Readaptación Social "Doctor Sergio García Ramírez", así como el directorio de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social del Gobierno del Estado de México, del que se observa que el comentado centro carcelario se ubica en Camino de las Minas, en Santa María Chiconautla, Municipio de Ecatepec, Estado de México; en este sentido, si de conformidad con el Acuerdo Plenario del Consejo de la Judicatura Federal Número 23/2001, de dieciséis de abril de dos mil uno, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos en que se divide el territorio de la República mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito, en cuyo punto cuarto, inciso II, párrafo segundo, se establece, en lo que interesa: "Los Juzgados de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, ejercerán jurisdicción territorial en el distrito judicial conformado por los siguientes Municipios: ... Ecatepec ...", es indudable que el Juez competente para conocer de la referida demanda de garantías es el Juez Octavo de Distrito "A" en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/922592-e88a8864/competencia-del-juez-de-distrito-con-residencia-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS EN LA QUE SE SEÑALA COMO AUTORIDAD RESPONSABLE A U (II.1o.P.117 P )
- COMPETENCIA DE JUECES DE DISTRITO, CARENCIA DE. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- QUEJA. COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA INTERPUESTA CONTRA EL AUTO DE INCOMPETENCIA DE UN JUEZ. (s/clave)
- COMPETENCIA. JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL. CORRESPONDE AL QUE SIGA EN SU ORDEN AL QUE RECIBIO LA DEMANDA DE AMPARO Y RESULTO IMPEDIDO. (I.1o.P.14 P)
- ORDEN DE APREHENSIÓN, COMPETENCIA ENTRE JUECES DE DISTRITO.- (214)
- COMPETENCIA. CARECEN DE ELLA LOS TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO, EN AMPARO PROMOVIDO CONTRA ACTOS DE UN JUEZ DE DISTRITO POR VIOLACIÓN DE GARANTÍAS DE LOS ARTÍCULOS 16, 19 Y 20 C (XII.2o.12 P)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis