Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SECRETO BANCARIO. EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL PUEDE REQUERIR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL CUANDO LA INVESTIGACIÓN SE RELACIONE CON RECURSOS PRIVADOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.-

Clave: 212 · Registro digital (IUS): 922831 · Tipo: Tesis aislada
Época: 3a. Época · Instancia: Sala Superior · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [TA]; 3a. Época; Sala Superior; Ap. Act. 2002; Tomo VIII, P.R. Electoral; Pág. 243

La facultad del Instituto Federal Electoral para solicitar información protegida por el secreto bancario, también se actualiza cuando la investigación que lleva a cabo se relaciona aparentemente con recursos privados otorgados a los partidos políticos. Para arribar a la anterior conclusión, se toma en cuenta que la forma de organización, contabilidad y administración de los partidos políticos, permite determinar que la fiscalización de los ingresos y egresos de los fondos públicos no se puede llevar a cabo de manera veraz, objetiva y con eficacia, sino mediante el acceso a la información de la totalidad de los recursos financieros, toda vez que la normatividad electoral no exige que los partidos políticos lleven contabilidades separadas de los recursos públicos, respecto de los que perciben de otras fuentes, de modo que sólo mediante el conocimiento del origen, manejo, custodia y destino de todas las especies con las que se forma su patrimonio, en cuanto se justifique y sea necesario, la autoridad fiscalizadora electoral puede estar en condiciones reales de conocer cuál fue el uso y manejo que en el período fiscalizado se dio a los recursos públicos que hayan recibido los partidos políticos, de determinar la posible comisión de infracciones a las normas electorales y, en su caso, de imponer las sanciones que correspondan; lo que se evidencia si se tiene en cuenta que el dinero es un bien que por su propia naturaleza no se emplea, administra o controla, ordinariamente, mediante la individualización de los billetes o monedas que lo representan, sino exclusivamente mediante la suma abstracta de los valores que incorporan su contenido, y al utilizarse normalmente no se precisa la fuente que los originó, por lo que resulta casi imposible determinar qué dinero corresponde a cada tipo de aportación (pública o privada), pues al ingresar al partido se convierte en una unidad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/922831-f547aaa6/secreto-bancario-el-instituto-federal-electoral-puede-requerir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de apelación. SUP-RAP-050/2001.-Partido Revolucionario Institucional.-7 de mayo de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: Leonel Castillo González.-Secretaria: Mónica Cacho Maldonado. Recurso de apelación. SUP-RAP-054/2001.-Partido de la Revolución Democrática.-7 de mayo de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Fernando Ojesto Martínez Porcayo.-Secretario: Adán Armenta Gómez. Compilación Oficial de Jurisprudencia y Tesis Relevantes 1997-2002, páginas 752-753, Sala Superior, tesis S3EL 164/2002.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis