OFENDIDO O VÍCTIMA DEL DELITO. CASOS EN QUE LA OMISIÓN DE EMPLAZARLO COMO TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS REGLAS FUNDAMENTALES DEL JUICIO QUE DA LUGAR A ORDENAR SU REPOSICIÓN.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 114/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, página 550, determinó que la víctima u ofendido del delito puede intervenir en el juicio de amparo indirecto con el carácter de tercero perjudicado cuando el acto reclamado afecte en los hechos a la reparación del daño, aunque no se refiera directamente a ella, con lo cual transfirió a los órganos aplicadores de la misma, la obligación de determinar en cada caso concreto si el acto reclamado actualiza el supuesto que legitima a la víctima u ofendido del delito para intervenir en el juicio de garantías con el carácter de mérito. De ahí que si el tribunal revisor al analizar el caso concreto sujeto a su estudio, advierte que la víctima u ofendido del delito que tiene el carácter de tercero perjudicado -al satisfacer la condicionante prevista en la jurisprudencia de referencia- no concurrió al juicio de garantías por no habérsele reconocido legalmente dicho carácter ni haber sido emplazado a él, procede que, por regla general, en términos del artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, revoque la resolución recurrida y ordene reponer el procedimiento a efecto de subsanar esa irregularidad, dada la posibilidad de que pudiera emitirse un fallo que le resultara perjudicial sin haberle dado previamente la oportunidad de ser escuchado en el juicio. No obstante, esta regla no puede considerarse absoluta e irrestricta, pues en los casos en los que se advierta notoriamente que la sentencia que dicte el órgano revisor le será favorable, no procede reponer el procedimiento al no beneficiarle y, por el contrario, pudiendo incluso irrogarle perjuicio, al menos en lo relativo al tiempo que transcurre hasta en tanto se dicte una nueva resolución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003051-8924757a/ofendido-o-victima-del-delito-casos-en-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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