Corpus
Modo: Corpus Pro

REPETICIÓN DE ACTO RECLAMADO. NO EXISTE CUANDO EL AMPARO SE OTORGÓ POR INDEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, Y LA RESPONSABLE, CON LIBERTAD DE JURISDICCIÓN, DICTA LA NUEVA RESOLUCIÓN EN EL MISMO SENTIDO, PERO CON DIFERENTE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.

Clave: 1402 · Registro digital (IUS): 1003281 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Primera Parte - SCJN Décima Primera Sección - Sentencias de amparo y sus efectos; Pág. 1578

Si en la ejecutoria de garantías, que deja plena jurisdicción a la responsable, se concedió el amparo por indebida fundamentación y motivación, resulta infundada la inconformidad que se promueva dentro del incidente de repetición del acto reclamado, cuando la responsable dictó la nueva resolución en el mismo sentido, pero con diferentes fundamentos y motivaciones, puesto que éstos no fueron objeto de examen en la ejecutoria.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003281-86554a8d/repeticion-de-acto-reclamado-no-existe-cuando-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente de inconformidad 110/94.—Gilberto de la Torre Castillo.—28 de abril de 1995.—Cinco votos.—Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.—Secretaria: Luz Cueto Martínez. Incidente de inconformidad 74/94.—José de Lourdes Osorio Brito.—12 de mayo de 1995.—Cinco votos.—Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.—Secretaria: Marta Leonor Bautista de la Luz. Incidente de inconformidad 50/95.—Alejandrino Corral Castro.—12 de mayo de 1995.—Cinco votos.—Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.—Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala. Incidente de inconformidad 125/94.—Filomeno Gómez Romero.—19 de mayo de 1995.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.—Ponente: Juan Díaz Romero.—Secretario: Alejandro S. González Bernabé. Incidente de inconformidad 51/95.—Mario Rodríguez León.—19 de mayo de 1995.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Salvador Aguirre Anguiano, quien hizo suyo el asunto en ausencia del Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.—Secretario: Alfredo E. Báez López. Tesis de jurisprudencia 20/95.—Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de dos de junio de mil novecientos noventa y cinco, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.—Ausente: Genaro David Góngora Pimentel. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, junio de 1995, página 177, Segunda Sala, tesis 2a./J. 20/95; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, junio de 1995, página 177.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.