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IMPROCEDENCIA, NO SE ACTUALIZA LA CAUSAL DE, PREVISTA EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY DE AMPARO, CUANDO SE RECLAMA UNA RESOLUCIÓN EMITIDA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA, QUE AMPARÓ ÚNICAMENTE POR VIOLACIONES FORMALES Y SE ATACA DE NUEVA CUENTA POR OTROS VICIOS.

Clave: 1909 · Registro digital (IUS): 1003788 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Segunda Sección - Improcedencia y sobreseimiento; Pág. 2154

No se actualiza la causal de improcedencia contenida en la fracción II del artículo 73 de la Ley de Amparo, cuando se reclama una resolución emitida en cumplimiento de una ejecutoria que amparó por considerar infringidas disposiciones de carácter formal, pues no se puede privar del derecho de defensa a la quejosa, si el nuevo acto lo impugna por otras violaciones formales cometidas con posterioridad o por violaciones de fondo; estimar lo contrario, sería tanto como que el asunto sometido a la potestad de la Justicia Federal quedara sin resolver.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003788-06bd1d0f/improcedencia-no-se-actualiza-la-causal-de-prevista · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 112/92.—Seguros La Ibero Mexicana, S.A.—19 de marzo de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Amado Yáñez.—Secretario: Mario de Jesús Sosa Escudero. Amparo en revisión 3462/96.—Sergio Martínez Espínola.—17 de octubre de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Amado Yáñez.—Secretario: Jorge Arturo Camero Ocampo. Amparo en revisión 5162/97.—Francisco Javier Gallardo Leal.—3 de abril de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Arturo Iturbe Rivas.—Secretaria: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. Amparo directo 2092/98.—Guadalupe de la Luz R. y coags.—19 de junio de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Arturo Iturbe Rivas.—Secretaria: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. Amparo directo 7822/97.—José María Reyes Hilario y coags.—19 de junio de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Arturo Iturbe Rivas.—Secretaria: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, julio de 1998, página 261, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.2o.A. J/19; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, julio de 1998, página 261.

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