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ORDEN DE APREHENSIÓN NO FUNDADA NI MOTIVADA. AMPARO TOTAL Y NO PARA EFECTOS.

Clave: 2418 · Registro digital (IUS): 1004227 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Décima Primera Sección - Sentencias de amparo y sus efectos; Pág. 2832

La orden de aprehensión que adolece de los requisitos de fundamentación y motivación, viola flagrantemente el artículo 16 constitucional y, en estas condiciones, el amparo que se promueva en su contra debe concederse en forma total y no para efectos de subsanar deficiencias de forma. En efecto, la sola omisión de mencionar en ella constancias que la funden y de consideraciones relativas a las circunstancias de hecho de parte del juzgador para establecer la adecuación del caso concreto a la hipótesis abstracta consignada por la ley, es bastante para conceder en forma lisa y llana, sin restricción alguna, la protección constitucional, sin que se haga necesario el estudio de las constancias existentes en la averiguación, porque tal estudio corresponde al Juez común responsable y no a los órganos de control constitucional.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004227-2509490b/orden-de-aprehension-no-fundada-ni-motivada-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época, Sexta Parte: Volumen 80, página 55. Amparo en revisión 243/75.—Javier y Dolores Pérez Ramírez.—22 de agosto de 1975.—Unanimidad de votos.—Ponente: Rafael Barredo Pereira. Volumen 85, página 61. Amparo en revisión 549/75.—Gonzalo Mario Díaz Toledo.—28 de enero de 1976.—Unanimidad de votos.—Ponente: Rafael Barredo Pereira. Volumen 87, página 63. Amparo en revisión 598/75.—Gustavo Dorles Reyes y José Domínguez Esteban.—25 de marzo de 1976.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ismael Colmenares Martz. Volumen 89, página 35. Amparo en revisión 569/75.—Domingo Monjarrez Gallardo.—6 de mayo de 1976.—Unanimidad de votos.—Ponente: Rafael Barredo Pereira. Volumen 89, página 35. Amparo en revisión 167/76.—Lino Esquivel Ramírez y otros.—25 de mayo de 1976.—Unanimidad de votos.—Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 90, Sexta Parte, página 161, Tribunales Colegiados de Circuito. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 498, tesis 612.

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