TRATO PREFERENCIAL ARANCELARIO. SI EL QUEJOSO CONTRIBUYENTE OPTÓ POR ESTE BENEFICIO, SE ACTUALIZA EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LAS NORMAS QUE REGULAN LA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS POR DIFERENCIAS DE TRIBUTOS AL COMERCIO EXTERIOR.
La regla 2.3.3. de la Resolución en materia aduanera de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones Relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y anexos 1 y 2, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2000, dispone que cuando se trate de declaraciones en factura expedidas por el exportador una vez realizada la operación de comercio exterior, y que por este motivo el importador no haya solicitado el trato preferencial contenido en dicha Decisión, este último tendrá derecho, entre otros, a solicitar la devolución de las cuotas arancelarias pagadas en exceso dentro del plazo de 12 meses contado a partir de la fecha de importación del producto originario, para lo cual debe presentar la forma fiscal para devoluciones, acompañada de la copia del pedimento de importación, de la rectificación de los pedimentos correspondientes con base en la cuota arancelaria preferente y exhibir tal declaración en factura. Por otra parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el quejoso consiente expresamente las normas que regulan el trato preferente arancelario, en términos del artículo 73, fracción XI, de la Ley de Amparo, cuando elige pagar el impuesto a la importación con arreglo a ese trato opcional, porque acepta voluntaria y espontáneamente sus efectos jurídicos, lo cual le impide que después pueda impugnar dicho mecanismo en el juicio de garantías. En ese tenor, son inoperantes los conceptos de ilegalidad que se planteen en el amparo directo contra la citada regla en materia aduanera, fundamentalmente, sobre el plazo para solicitar la devolución respectiva, porque si el quejoso optó por tributar bajo el trato arancelario preferente contenido en el Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones Relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y su Decisión 2/2000 expedida por el Consejo Conjunto, mediante la rectificación de los pedimentos de importación, ello implica su conformidad con los requisitos que deben cumplirse para solicitar dicha devolución, ya que la elección de tributar en condiciones preferenciales conduce al sometimiento expreso de todo el sistema normativo que lo desarrolla, siendo inconcuso que el origen de las diferencias de contribuciones al comercio exterior dimana del trato arancelario que el contribuyente adoptó por convicción propia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004997-1dc76cc3/trato-preferencial-arancelario-si-el-quejoso-contribuyente-opto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRATO PREFERENCIAL ARANCELARIO. SI EL QUEJOSO CONTRIBUYENTE OPTÓ POR ESTE BENEFICIO, SE ACTUALIZA EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LAS NORMAS QUE REGULAN LA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDE (2a./J. 24/2007)
- DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN. ATENTO AL PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA, SI UN PARTICULAR HACE VALER EL TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL PREVISTO POR EL TRATADO DE (I.4o.A.113 A (10a.))
- ARANCELES. EL PLAZO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS PAGADOS EN EXCESO RESPECTO DE MERCANCÍA PROVENIENTE DE LA COMUNIDAD EUROPEA ES DE DOCE MESES CUANDO LA SOLICITUD RELATIVA SEA POSTERIO (I.4o.A.523 A)
- IMPORTACION DE MERCANCIAS, SOLICITUD DE DEVOLUCION DE CANTIDADES PAGADAS COMO ANTICIPO, CON MOTIVO DE. (s/clave)
- IMPORTACION DE MERCANCIAS, SOLICITUD DE DEVOLUCION DE CANTIDADES PAGADAS COMO ANTICIPO, CON MOTIVO DE. (s/clave)
- IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS. NO ES CONTRARIA AL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA LA FIJACIÓN DE TARIFAS DIVERSAS PARA EL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN RESPECTO A UN MISMO PRODUCTO, CUANDO E (I.7o.A.303 A)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis