Corpus
Modo: Corpus Pro

CARRETERAS, DELITOS COMETIDOS EN LAS.

Clave: 45 · Registro digital (IUS): 1005423 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 5a. Época; Pleno; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Primera Parte - SCJN Sección - Sustantivo; Pág. 45

Cuando el delito ocurrido en una carretera afecta exclusivamente intereses particulares, como sucede, por ejemplo, cuando se trata del choque entre dos vehículos, y en nada se perjudica la seguridad o integridad del camino, ni tampoco su explotación, los hechos son del conocimiento del fuero común, y sólo serán de la competencia federal, cuando se afecten dicha seguridad e integridad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005423-3033558b/carreteras-delitos-cometidos-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 12/32.—Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Chalco, Estado de México y el Juez de Distrito del mismo Estado.—2 de mayo de 1932.—Unanimidad de catorce votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Competencia 148/32.—Suscitada entre el Juez Primero de Distrito y Segundo de lo Criminal de la Ciudad de Puebla.—26 de septiembre de 1932.—Unanimidad de trece votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Competencia 125/37.—Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Ciudad Lerdo, Durango y el Juez de Distrito en La Laguna.—18 de abril de 1938.—Unanimidad de dieciséis votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Competencia 97/40.—Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de Hidalgo y el de Primera Instancia de Tulancingo.—18 de noviembre de 1940.—Unanimidad de quince votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Competencia 137/40.—Suscitada entre los Jueces, Primero de Distrito en el Estado de Veracruz y el Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Veracruz.—17 de marzo de 1941.—Unanimidad de quince votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Apéndice 1917-2000, Tomo VII, Conflictos Competenciales, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 11, Pleno, tesis 3.

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