CONCURSO IDEAL DE DELITOS. EL INCREMENTO DE LA SANCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64, PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL ATAÑE SÓLO A LA PENA DE PRISIÓN Y NO A LA MULTA.
El artículo 64, párrafo primero, del Código Penal Federal establece que en los casos de concurso ideal de delitos, se aplicará la pena que corresponda al delito de mayor entidad, la que se aumentará hasta una mitad del máximo de su duración. De lo anterior se advierte que el incremento aludido es únicamente en función de la sanción corporal, dado que el señalamiento de que la pena no podrá exceder del máximo de su duración, debe interpretarse en el sentido de que se refiere a la privativa de libertad y no a la pecuniaria, pues el cumplimiento de la pena de prisión se da en razón del tiempo en que el sentenciado debe permanecer recluido con motivo de la comisión de los hechos delictivos, es decir, tiene una duración o rango de temporalidad, mientras que la multa sólo consiste en el pago de una cantidad de dinero al Estado, conforme al artículo 29, párrafo segundo, del citado código. Así, la fijación de la multa no incide en el concepto "duración" a que alude el referido numeral 64, párrafo primero, sino que el factor que en el particular se pondera en esta sanción es el día multa, que equivale a la percepción neta del sentenciado al consumar el delito, tomando en cuenta todos sus ingresos, sin que éste pueda ser inferior al equivalente al salario mínimo diario vigente en el lugar donde se cometió el ilícito. En razón de lo expuesto, se concluye que tratándose del concurso ideal de delitos, el incremento a que se refiere el mencionado numeral 64, primer párrafo, sólo atañe a la pena privativa de libertad, toda vez que se relaciona con una dimensión de carácter temporal, atendiendo al espíritu del legislador expresado en esa norma y a la relación sistemática que guarda con el diverso precepto 25, párrafo primero, del mismo ordenamiento, en el cual también se hace referencia a la duración de esa pena.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006041-7775d6f9/concurso-ideal-de-delitos-el-incremento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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