Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACIÓN. RECURSO DE, EL AUTO EN QUE SE ADMITE DEBE NOTIFICARSE DE MANERA PERSONAL AL RECURRENTE.

Clave: 912 · Registro digital (IUS): 1006290 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Segunda Parte - TCC Segunda Sección - Adjetivo; Pág. 884

El tribunal de apelación al momento de resolver respecto de la admisión del recurso interpuesto por el acusado, debe ordenar la notificación personal de dicho proveído admisorio, pues en caso contrario se le dejaría en estado de indefensión, en virtud de que no tendría la posibilidad de impugnar la admisión, el efecto o efectos en que fue admitido dicho recurso, o bien ofrecer pruebas; lo anterior acorde a lo dispuesto por los artículos 373 y 374 del Código Federal de Procedimientos Penales.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006290-b1893a4c/apelacion-recurso-de-el-auto-en-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 234/94.—Samuel Morfín Mejía.—13 de septiembre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Homero Ruiz Velázquez.—Secretario: Fco. Javier Villaseñor Casillas. Amparo directo 251/94.—Rodrigo Cobián Serratos y otros.—22 de septiembre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Óscar Vázquez Marín.—Secretario: Oscar Naranjo Ahumada. Amparo directo 286/94.—Jorge Javier Millares Lara y otros.—25 de octubre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón.—Secretario: María del Carmen Cabral Ibarra. Amparo directo 292/94.—Matías Gutiérrez Anaya.—25 de octubre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Óscar Vázquez Marín.—Secretario: Luciano Martínez Sandoval. Amparo directo 289/94.—Enrique Guillermo Longoria Araujo.—9 de noviembre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Homero Ruiz Velázquez.—Secretario: Fco. Javier Villaseñor Casillas. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 86-2, febrero de 1995, página 41, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis III.2o.P. J/6; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XV, enero de 1995, página 63. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 324, tesis 437.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.